Creado en 2008 por Satoshi Nakamoto, la blockchain se utiliza en diferentes campos y sus características interesan cada vez más a todo tipo de profesionales para resolver ciertos problemas.
La blockchain también interesa a la propiedad intelectual ofreciéndole la posibilidad de facilitar la protección de creaciones a través de robots informáticos.
Efectivamente, con los llamados "smart contrats", la tecnología facilita la gestión de los derechos de propiedad intelectual.
¿Por qué la Blockchain?
La blockchain se caracteriza por su velocidad, complejidad, su duración ilimitada en la conservación de transacciones, su papel en la datación, la criptografía puede proteger el secreto de las creaciones y la informaciones, así como la trazabilidad en el registro digital.
Permite asegurar una transacción y rastrear un bien desde su creación hasta su compra final.
La blockchain garantiza la autenticidad del bien para el cliente final. Es por ello que se utiliza para certificar un producto (diamante, joya, obras de arte o vinos preciosos).
También facilita el trabajo de las autoridades aduaneras. Esto facilita la autentificación de los bienes incautados, las facturas y otras pruebas documentales. Del mismo modo es más fácil saber de dónde viene un bien y en qué condiciones se fabricó
En el contexto de la creación de un trabajo colectivo o colaborativo, con la blockchain, es más fácil determinar quién contribuyó a la creación y así determinar el porcentaje de contribución de cada persona.
Así, la blockchain es una herramienta favorable al derecho y a la propiedad intelectual ofreciendo una protección de las obras a menor costo.
Situación actual...
Aunque la blockchain no sustituye al procedimiento de registro de marcas, patentes, diseños en la OEPM o la EUIPO, es, no obstante, un requisito previo para la protección de una creación. Durante las fases del proceso creativo, una invención, una idea, un dibujo o un modelo puede datado en el tiempo y así probar la posesión personal de su inventor, lo que le permite explotar su invención a pesar del registro de un tercero ( CPI , arte. L. 613-7).
La datación se utiliza para probar el contenido de una creación. Así, en caso de disputa, el autor podrá presentar ante los tribunales el original de su creación y el "hash" inscrito en blockchain, y proceder así à una comparación de autenticidad.
Es importante recordar que una creación inscrita en la blockchain puede ser una falsificación. No garantiza ningún derecho de propiedad intelectual sobre el trabajo reclamado. Por lo tanto, cualquier persona puede inscribir una creación que no es suya en la blockchain.
Del mismo modo, una transferencia de derechos en la blockchain no garantiza que el cedente tenga un derecho sobre la creación.
Hay que asegurarse de la autenticidad de las informaciones inscritas en la blockchain. Si no se hace, nada puede asegurar que una cesión irregular no pueda figurar en esta
¿La Blockchain prueba derechos de un autor?
No, no demuestra la titularidad de los derechos ya que en ninguna parte es mencionada la identidad del autor. Además, en el futuro, será importante poder verificar la identidad del usuario. Por el momento, sólo se puede registrar la huella criptográfica que incluye las características de una obra.
¿En qué contribuye a los diseños y modelos comunitarios no registrados?
Básicamente, es un sistema flexible de protección que no requiere registro y no requiere ninguna formalidad. La blockchain puede tener poco uso en estos casos. Sin embargo, puede probar la novedad de una creación a través de un sistema de datación que establecerá el día y la hora del registro.
¿Se puede utilizar la blockchain para demostrar la existencia de una falsificación?
Este método permite registrar todas las transacciones y una falsificación puede ser demostrada de varios modos.Permite probar que una persona que no haya inscrito una creación a través de la blockchain no sea el titular de los derechos, debiendo demostrar por otros métodos que se trata del propietario de los mismos.
En caso de una incautación por falsificación, el demandado podrá demostrar que la propiedad incautada es genuina a través de su inclusión en la blockchain otorgando una precisión en las fechas.
Así pues, puede ser una prueba admisible ante el juez aunque no sea la prueba perfecta de una falsificación.
Por otra parte, no tiene más fuerza probatoria que otras pruebas.
Además, el juez evaluará caso por caso el valor y el alcance de las
pruebas aportadas gracias a la blockchain.
Lejos de cuestionar
el derecho de propiedad intelectual, la blockchain tiene actualmente un
papel limitado en el registro de creaciones y en los requisitos legales
para la divulgación de obras. También tiene lagunas en la
autentificación del contenido de la información registrada a través de
su código informático
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